domingo, 28 de octubre de 2012

9. Generaciones de Derechos (28/10/12)


GENERACIONES DE DERECHOS

 

                        Maribel LIMA ROMERO

 

Todos hemos escuchado que los derechos humanos son derechos de tercera generación, pero cuáles son las generaciones de derechos y por qué catalogamos los derechos en estás categorías.

Debemos de atender que el reconocimiento legal de los derechos humanos ha tenido una larga historia, como lo hemos expuesto en blogs anteriores. Ahora bien, en general algunos derechos han sido incluidos en las leyes mucho antes que otros, que sólo han sido aceptados después de largas luchas sociales. Por eso podemos clasificar los derechos en grupos, a los que se suele denominar las tres generaciones de los derechos humanos.

Respecto a la primera generación, se incluyen los derechos civiles y políticos. Derechos que fueron los primeros en ser reconocidos legalmente a finales del siglo XVIII, en la Independencia de Estados Unidos y en la Revolución Francesa. Simplemente se trata de derechos que tratan de garantizar la libertad de las personas, cuya función principal consiste en limitar la intervención del poder en la vida privada de las personas y garantizar la participación de todos en los asuntos públicos. Algunos de los derechos civiles y políticos más importantes son: el derecho a la vida, a la libertad ideológica y religiosa, a la libre expresión o a la propiedad, al voto, a la huelga, a asociarse libremente para formar un partido político o un sindicato, entre otros.

Aunado a ellos, la segunda generación recoge los derechos económicos, sociales y culturales. Estos derechos fueron incorporados poco a poco en la legislación a finales del siglo XIX y durante el siglo XX, siempre tratan de fomentar la igualdad real entre las personas, ofreciendo a todos las mismas oportunidades para que puedan desarrollar una vida digna, su función consiste en promover la acción del Estado para garantizar el acceso de todos a unas condiciones de vida adecuadas, algunos derechos de segunda generación son: el derecho a la educación, a la salud, al trabajo, a una vivienda digna, etc.

Finalmente existe la tercera generación de derechos, en la cual se han ido incorporando a las leyes a finales del siglo XX y comienzos del siglo XXI. Con estos derechos se pretenden fomentar la solidaridad entre los pueblos y las personas de todo el mundo, su función es la de promover unas relaciones pacíficas y constructivas que nos permitan afrontar los nuevos retos a los que se enfrenta la Humanidad, entre los derechos de tercera generación podemos destacar los siguientes: el derecho a la paz, al desarrollo y a un medio ambiente limpio.

domingo, 21 de octubre de 2012

8. Racionalidad humana y derechos humanos (21/10/12)


RACIONALIDAD HUMANA Y DERECHOS HUMANOS

 

                        Maribel LIMA ROMERO

 

Los derechos humanos conceptualizan un deber ser de la existencia humana, de la vida de las personas en la comunidad. Se erigen en principios políticos y sociales de la justicia moderna. Principios que permiten juzgar si las relaciones sociales en un Estado son justas o injustas, si las leyes de una nación lo son.

La universalidad de los derechos humanos es producto del intercambio cultural, pues éste estrecha las relaciones entre distintos pueblos y hace que compartan valores e ideas, además, el comercio, las guerras y la comunicación entre las naciones lo favorecen, de manera especial las industrias editorial y periodística traen a la modernidad el pensamiento de la antigüedad y del medioevo y lo traducen a las más diversas lenguas, reproducen, en materiales impresos o electrónicos, las ideas y pensamientos actuales y pasados y los dan a conocer en los lugares más remotos.

El desarrollo científico y tecnológico alcanzado, así como la educación nacional, las universidades y los centros de investigación de nuestra época, serían impensables sin la industria editorial. La sociedad moderna es la sociedad del libro y la universalidad de éste ha generado ideas comunes a escala mundial.

El comercio de otros bienes ha estrechado a las naciones y las ha vuelto más interdependientes, las guerras modernas, por su parte y justo por su capacidad destructiva, hicieron que nuestras sociedades tomaran conciencia del valor de la vida. Cuando el intercambio de todo tipo de bienes adquiere una dimensión mundial, la cultura y las ideas acerca de lo que se considera es un bien igualmente lo hacen. No es gratuito que la declaración de los derechos humanos fuera promulgada justo después de terminar la Segunda Guerra Mundial, la interconexión entre las naciones había adquirido ya esa dimensión.

Una de las ideas más difundidas desde el renacimiento y la ilustración es la conceptualización del ser humano como un ente racional, es decir, como un ser que se piensa a sí mismo y que al pensarse en lo individual se piensa en lo social pues la existencia individual implica siempre un existir con los otros.

Lo social proviene del pasado, de otra vida social pretérita que llega al presente y va hacia el futuro, se piensa en el devenir histórico. Esta concepción de ser humano, histórica y cultural, queda plasmada con toda nitidez en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. En ella, la existencia humana es definida por la razón y la conciencia y a partir de estos atributos el individuo es considerado libre e igual: "todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros".

En esta tesitura, la razón es el fundamento de la libertad y el atributo que diferencia al ser humano del resto de los animales, éste será considerado como un ente, el único, que tiene derecho a la vida y, en consecuencia, a la seguridad de su persona y sus propiedades, todo individuo, señala la declaración de derechos humanos, "tienen derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de la persona" La vida será considerada el mayor bien, porque es la condición necesaria para el ejercicio de la libertad, le sigue la seguridad de la persona, ésta es indispensable para la preservación de la vida, por ello ha sido juzgada como la razón de existir de la comunidad política. Cuando un Estado es incapaz de garantizar la vida y las propiedades de sus ciudadanos ha perdido su razón de ser, y en tanto que comunidad política ha sido destruido, en todo caso es un Estado de guerra como aquel que Hobbes describe en su Leviatán, donde no hay nada que pueda considerarse justo o injusto, porque al haber sido destruido el bien más elemental, la seguridad de la persona, no puede haber asociación alguna, pues no hay nada en común, a no ser el temor y la violencia.

La vida y la seguridad de la persona son dos bienes esenciales en la declaración de derechos humanos, no obstante, la libertad ocupa un lugar privilegiado, pues es ésta la que permite conceptualizar al ser humano como un ente racional y la que con mayor claridad remite a los procesos históricos que gestan a los derechos humanos, como a continuación se verá.

domingo, 14 de octubre de 2012

7. Derechos humanos (14/10/12)


DERECHOS HUMANOS

 

                        Maribel LIMA ROMERO

 

Los Derechos Humanos pueden ser definidos como aquellas exigencias que brotan de la propia condición natural del hombre, aclarando que está postura trae consigo una postura ius naturalista. Ahora bien, son llamados humanos porque son del hombre, de la persona humana, de cada uno de nosotros, puede decirse que el hombre es el único destinatario de estos derechos, de tal forma se debe reclamar el reconocimiento, el respeto, la tutela y la  promoción de parte de todos, y especialmente de la autoridad, mediante la coerción, lo que planteaba la fundamentación ius postivista, que establece que el Estado cumple un papel fundamental, porque las autoridades deben, además de reconocerlos, ponerlos en práctica dentro de la sociedad, para que puedan desarrollarse en un ambiente próspero.

La palabra derechos humanos no es la única que se utilizó para señalar los derechos inherentes al hombre, sino que son nombrados de múltiples maneras. Esto ocurre por diversas causas, entre las que podría nombrar, el diferente idioma, el uso lingüístico de cada sociedad, las diferentes culturas, la doctrina de los autores, las distintas posturas, entre otros, así tenemos que la denominación Derechos Humanos es la más usual en los últimos tiempos.  

Los Derechos Humanos se fundamentan en la naturaleza humana, tales derechos le son inherentes al hombre en cuanto tal, en cuanto tiene naturaleza.

Desde la antigüedad ha sido buscada la explicación sobre la naturaleza humana. En esta tesitura tenemos que los estoicos, percibieron la natural inclinación de hacer el bien, considerándolo como el primer principio, innato en la naturaleza del hombre, "haz el bien y evita el mal". Posteriormente, Cicerón encuentra el fundamento de los derechos humanos en la recta razón, que es la encargada de discernir lo bueno en la conducta humana como justo y verdadero, y lo malo como injusto, pero a su vez, la recta razón natural es mas bien la que nos permite discernir los verdaderos derechos humanos, su alcance y jerarquía, que no es el fundamento de los derechos humanos, sino que la base de los mismos se encuentra en la naturaleza humana por lo cual estos son para todos los hombres, como consecuencia, ser la dignidad de la naturaleza humana, su fundamento.

La propia naturaleza humana otorga titularidad a estos derechos universales, inviolables e irrenunciables, por lo tanto, al encontrar allí su fundamentación, deducimos que no pertenecen al hombre por una disposición estatal, alejado del derecho positivo, sino que le pertenecen por el solo hecho de ser persona humana.

De tal suerte que estos derechos deben ser:

*Reconocidos: en todos los hombres por igual, este reconocimiento debe ser real y fundamental, reconocidos para poder ser defendidos.

*Respetados: para poder efectivamente proteger la dignidad humana y para hacer que su realización sea posible.

*Tutelados: una vez reconocidos y respetados, debo protegerlos, la tutela corresponde a cada hombre, al estado y a la comunidad internacional.

*Promovidos: deben darse a conocer y ser elevados en todo sentido, para evitar que sean violados.

Ahora bien, los derechos humanos son universales porque pertenecen a todos los hombres, a todos por igual, en todo tiempo y lugar y se encuentran de manera innata ligados a la naturaleza del hombre.

La universalidad es una de las características de la ley natural, de la cual los derechos humanos se encuentran en dependencia Universal, común a todos los pueblos y naciones, es la posibilidad de que ante una misma situación la solución sea siempre la misma.

Con relación a la universalidad, hablamos de la internacionalización. Esta comienza en la segunda mitad del siglo XX, es un fenómeno que acontece en el plano internacional, por el cual el problema de los derechos ya no es exclusivo resorte de cada estado en su jurisdicción interna, sino además del derecho internacional público. A la vez el derecho internacional público se ocupa y preocupa de ellos, y formula su propia declaración de derecho en documentos internacionales, como el de las Naciones Unidas de 1948 y en demás tratados, pactos y convenciones, es decir, comienza la positivización de los derechos humanos.

Con esto, el hombre ha adquirido la calidad de un sujeto del derecho internacional, ya que todo hombre puede llevar denuncias o quejas ante las organizaciones supra-estatales, para que sus derechos sean respetados y defendidos.

Universalizar los derechos es admitir que todos los hombres siempre y en todas partes deben gozar de unos derechos porque el hombre es persona. Internacionalizar los derechos es hacer exigible en virtud del derecho internacional público que todo estado reconozca unos derechos a todos los hombres, también porque el hombre es persona.

 

 

domingo, 7 de octubre de 2012

6. Cidade de Deus (07/10/12)


CIDADE DE DEUS

 

                        Maribel LIMA ROMERO

 

“Cidade de Deus” es una película brasileña de drama criminal lanzada durante el año dos mil dos. Fue basada en hechos reales que sucedieron en la favela Ciudad de Dios en la década de los sesentas, setentas y ochentas, aunque dichos eventos fueron previamente narrados en la novela del mismo nombre de Paulo Lins publicada en mil novecientos noventa y siete, por lo que la película es el resultado de la adaptación del libro a la pantalla grande.

La película se enfoca en la guerra entre Zé Pequeño y Mané Galinha, desarrollada en una favela de Río de Janeiro llamada Ciudad de Dios. La frase que identificó a la película fue:

 

"Lucha y nunca sobrevivirás... Corre y nunca escaparás...".

 

Hacer un resumen de la película es bastante complicado ya que se trataría de resumir la vida de una favela en tres décadas distintas, por lo que dicha sinopsis no lo podría considerar nuestro objetivo.

Se podría decir que lo importante es que la película refleja la vida de la favela, incluso muchos de los actores, fueron residentes de favelas, unos son originarios de la misma Ciudad de Dios.

Como estudiantes de maestría en Derecho lo primero que imaginamos cuando hablamos de las favelas brasileñas es de un pluralismo jurídico y de Boaventura de Sousa Santos. Pero en este sentido debemos de recurrir a nuestro criterio humano y emplear recursos multidisciplinario para analizar la justicia dentro de una favela.

En el imaginario colectivo, la favela es un espacio propiamente urbano y que posee significados propios, ya establecidos a nivel global. Difícilmente se la puede asociar a otro país que no sea Brasil, lo que la convierte en un espacio único y de una semiótica inamovible.

¿Qué tan ciertos son esos significados, que ya se han convertido en mitos? En términos generales nuestro interés no deberá estar en analizar los estereotipos que se han adueñado de la favela y la pobreza desde el exterior, se hará frente a la favela como un espacio de significados móviles y transpuestos.

Por sus características geográficas y culturales, Rio de Janeiro es un ejemplo de ciudad excéntrica. Es una ciudad que por situarse a orillas del mar y junto a la desembocadura de un río, como creyeron los portugueses, se ubica en un extremo del espacio cultural, por esto mismo es una ciudad que se inclina al despliegue, a la apertura y a los contactos culturales.

Las ciudades excéntricas se encuentran en lucha con la naturaleza, en cuanto en ellas se privilegia a la razón, pervirtiéndose los órdenes naturales. Rio, por ser una ciudad de accidentada geografía, no posee un territorio de óptimas cualidades para la urbanización.

El rápido y masivo crecimiento de las favelas en Rio tendría como causa una ola de inmigración rural desde los estados vecinos y del noreste alrededor de 1930, producida por una brusca baja de los precios mundiales de los productos agrícolas brasileños.

En la ciudad, el establecimiento de nuevas fábricas y su demanda de mano de obra alteró las modalidades de vida, subiendo también su costo. Cabe señalar que las posibilidades de ampliación de la ciudad eran escasas, por las franjas montañosas que la circundaban y porque los terrenos costeros estaban destinados a convertirse en barrios residenciales de lujo. La solución al problema fue que en las planicies alrededor de las ciudades se emplazaran rápidamente las favelas.

Las viviendas eran muy precarias, lo que introducía el elemento rural propio de sus habitantes, contrastando nítidamente con el resto de la ciudad. Resulta interesante enfatizar el hecho de que esta pobreza es geográficamente vertical, no horizontal, como sucede en casi todas las ciudades latinoamericanas.

En este contexto, la pobreza como postal adquiere mayor sentido y se podría leer hasta como una batalla no intencional entre la tradición y la modernidad, o entre el campo y la ciudad, la cual cada día se acercaba más a una metrópolis. Esto, bajo el supuesto de que las ciudades serían las encargadas de sacar a su país del subdesarrollo, en cuyo mayor crecimiento se garantizaría el desarrollo nacional y una mejor situación económica para sus habitantes; esto es puesto en jaque en la actualidad por el permanente incremento de la pobreza urbana.

            Desde un punto de vista jurídico las favelas son centros de producción alternativa de derecho, pero aunque aceptemos la idea clara de que lo sea y que su producción alternativa coexiste con el sistema jurídico estatal brasileño, eso no nos alejará de la idea sociológica jurídica de que las favelas reflejan la injusticia distributiva.

            De una forma sensible la película hace una reflexión sobre la vida humana, el valor que se les da a las cosas, tanto a la vida, al ser humano, a la libertad, tienen sus códigos de “honor” o de conducta pero donde ellos colocan una medida diferente a cada uno de los valores.

            Las favelas en Brasil y las zonas de narcotraficantes en México son similares, controlan un determinado espacio, no puede intervenir el Estado y aunque ignoremos esta situación no significa que desaparecerá.

            Respecto de la justicia no cabe más que reflexionar: ¿hasta donde podemos decir que la vida, el Estado, el sistema en general o internacional nos ha orillado a tener favelas y narcotráfico? ¿Es realmente justo lo que viven seres humanos día a día en estás circunstancias? ¿No podemos hacer algo al respecto?

            Existen muchas preguntas que son igualmente de complicadas de responder que nos podemos formular en la reflexión de la película Ciudad de Dios, pero el valor que nosotros tenemos o nuestra conciencia nos ofrece es ver la película y guardar el disco en el estuche y olvidar todo, o bien, reflexionar y tratar en nuestra medida de ser mejores seres humanos en un núcleo pequeño, hacer un cambio en el micro espacio para que refleje en lo macro.